Mapa Semántico
El Mapa Semántico es llamado también Constelación, Cadena Semántica, Grafo Léxico, Red Semántica u Organizador Semántico.
Características
- Tiene componentes verbales y no verbales.
- Los conceptos se presentan en nódulos.
- Se trabaja con campos semánticos.
- Se suele colocar una imagen que simbolice la temática no es obligatoria.
Beneficios
- Una ventaja es que puede ser una buena técnica de estudio que permite identificar las ideas principales, categorías secundarias y detalles complementarios.
- Ayudan a organizar e integrar los conocimientos.
- Facilita la comprensión de textos e información amplia.
- Ayuda a ampliar el vocabulario.
Los mapas semánticos en mi área
Trabajo con estudiantes del VI ciclo el área de Formación Ciudadana y
Cívica, considerando la edad de los estudiantes con los que interactúo se puede
decir que muchos de los chicos aún muestran dificultades en la elaboración de
organizadores visuales, pero cabe destacar que los mapas semánticos por la
facilidad de uso y la creatividad en su elaboración me ha permitido:
- Lograr que los estudiantes
describan temas complejos mediante el empleo de imágenes e ideas precisas.
- Relacionar los conceptos
previos con la nueva información.
- Sobre todo son muy aplicables y ventajosos con los estudiantes que evidencias problemas de aprendizajes, su practicidad ayuda a una mejor comprensión.
Aplicando Mindomo
Mindomo es una herramienta web para la creación de mapas, permite introducir toda clase de contenido, ya sea texto, hipervínculos, videos, música e imágenes.
Existen dos versiones de Mindomo:
- Una de escritorio y otra online (en línea), una versión gratuita y
- Otra de pago.
PODERES DEL ESTADO PERUANO
El estado peruano tiene un gobierno unitario,
representativo y descentralizado, en el que existen tres poderes
independientes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y el Poder Judicial.
LOS PODERES
1. Poder
Legislativo
Es el órgano del Estado
encargado de crear el ordenamiento jurídico, de dar las leyes, de
interpretar, de modificarlas y derogarlas. El órgano representantivo del Poder
Legislativo es el Congreso de la República, este está constituido por una
sola Cámara integrada por 130 congresistas elegidos por un periodo de cinco
años mediante el Distrito Electoral Múltiple convocado y organizado conforme a
ley. Para ser elegido congresista se requiere ser peruano de nacimiento, haber
cumplido 75 años y gozar del derecho de sufragio.
Entre las atribuciones de la Comisión
Permanente están la de designar al Contralor General, ratificar al
Presidente del Banco Central de Reserva y al Superintendente de Banca y
Seguros, aprobar los Créditos Suplementarios y las transferencias y
habilitaciones el Presupuesto. No pueden delegarse a ésta Comisión materias
concernientes a Reforma Constitucional, aprobación de Tratados Internacionales,
Leyes Orgánicas, Ley de Presupuestos y la Ley de la Cuenta General de la
República, atribuciones del Congreso (Principales).
Ø Dar leyes y Resoluciones
Legislativas.
Ø Velar por el respeto de la
Constitución y las leyes
Ø Aprobar los tratados.
Ø Aprobar el Presupuesto y la
Cuenta General.
Ø Autorizar empréstitos.
Ø Ejercer el derecho de amnistía.
Ø Aprobar la demarcación territorial que
proponga el Poder Ejecutivo.
Ø Prestar consentimiento para el
ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República.
Ø Autorizar al Presidente de la
República para salir del país.
2. Poder ejecutivo
Es el
órgano del Estado orientado a asegurar la estabilidad del mismo tanto en el
nivel interno y externo. Cumple la función ejecutiva a través de los actos de
gobierno que revisten un carácter político. Este poder está constituido por la
Presidencia de la República y el Consejo de Ministros. El Consejo de Ministros está
constituido por la reunión de 15 Ministros responsables de la conducción de los
diversos sectores de la actividad del estado y un Premier. (Pdte. Del Consejo
de Ministros) que opcionalmente puede tener o no bajo su responsabilidad un
portafolio. Tienen como función fundamental la responsabilidad de la dirección
y la gestión de los diversos servicios públicos que promueven el
bienestar de los peruanos.
Principales
Atribuciones:
Ø Cumplir y hacer cumplir la
Constitución, los tratados y las leyes dadas por el Congreso.
Ø Representar al Estado, dentro y fuera
de la República.
Ø Convocar a elecciones para Presidente
de la República y para representantes a Congreso, alcaldes regidores y demás
funcionarios.
Ø Garantizar nuestra tranquilidad y
progreso como sociedad.
Ø Cumplir y hacer cumplir las
sentencias y resoluciones de los jueces y tribunales.
Ø Presidir como Jefe Supremo de las
Fuerzas Armadas, el Sistema de Defensa Nacional.
Ø Administrar los bienes públicos, es
decir facilitar el uso de recursos del Estado dando prioridad a unos gastos
sobre otros.
Ø Gestionar los préstamos que contrae
el Estado, siempre y cuando sean aprobados por Ley
Ø Dictar medidas extraordinarias, mediante
decretos de urgencias.
Ø Conceder indultos y conmutar penas.
Ø Autorizar a los peruanos para servir
en un ejército extranjero.
3. Poder
Judicial
Es el
órgano del Estado cuyo fin es cumplir la función jurisdiccional o
judicial, es decir, la de la administrar justicia aplicando las leyes de la
República encaminadas a resolver los conflictos surgidos como casos
particulares.
Está
constituido por los diversos tribunales y juzgados organizados en forma
jerarquizada, pero formando, un cuerpo unitario y especializado en materias.
Las instituciones que integren el Poder Judicial son:
Ø La Corte Suprema
de Justicia
Con sede en la Capital en la República y jurisdicción en todo territorio
nacional. Integrada por las salas civiles, penal y constitucional. Constituye
el órgano máximo del Poder Judicial.
Ø Las Cortés Superiores
Tienen su sede en las capitales de los distritos judiciales que
señala la ley y que por lo general coinciden con las capitales de
departamento. Sus órganos son las salas civiles, penales, agrarias y laborales
integradas por tres magistrados.
Ø Los juzgados
especializados y mixtos
Constituidos por los juzgados civiles, penales, agrarios laborales y de
familia, con sede en las capitales de las provincias y donde señale la ley.
Ø Los juzgados de
Paz Letrados
Con sede en los lugares que expresamente señala la ley. Se les llama
letrados porque necesariamente deben ser desempeñados por abogados.
Ø Los Juzgados de
Paz no Letrados
Tienen
como sede todas las poblaciones que lo requieren, sus desempeñados por
cualquier ciudadano sin el requisito de ser abogado.
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